LAS 95 TESIS MARTÍN LUTERO, 1517
Por amor a la verdad y en el afán de sacarla a luz, se discutirán en Wittenberg las siguientes propo- siciones bajo la presidencia del R. P. Martín Lute- ro, Maestro en Artes y en Sagrada Escritura y Profesor Ordinario de esta última disciplina en esa localidad. Por tal razón, ruega que los que no puedan estar presentes y debatir oralmente con nosotros, lo hagan, aunque ausentes, por escrito. En el nombre de nuestro Señor Jesucristo. Amén. 1. Cuando nuestro Señor y Maestro Jesucristo dijo: "Haced penitencia...", ha querido que toda la vida de los creyentes fuera peniten- cia. 2. Este término no puede entenderse en el sentido de la penitencia sacramental (es decir, de aquella relacionada con la confe- sión y satisfacción) que se celebra por el ministerio de los sacerdotes. 3. Sin embargo, el vocablo no apunta sola- mente a una penitencia interior; antes bien, una penitencia interna es nula si no obra exteriormente diversas mortificaciones de la carne. 4. En consecuencia, subsiste la pena mientras perdura el odio al propio yo (es decir, la verdadera penitencia interior), lo que signi- fica que ella continúa hasta la entrada en el reino de los cielos. 5. El Papa no quiere ni puede remitir culpa alguna, salvo aquella que él ha impuesto, sea por su arbitrio, sea por conformidad a los cánones. 6. El Papa no puede remitir culpa alguna, sino declarando y testimoniando que ha sido remitida por Dios, o remitiéndola con cer- teza en los casos que se ha reservado. Si és- tos fuesen menospreciados, la culpa subsis- tirá íntegramente. 7. De ningún modo Dios remite la culpa a nadie, sin que al mismo tiempo lo humille y lo someta en todas las cosas al sacerdote, su vicario. 8. Los cánones penitenciales han sido im- puestos únicamente a los vivientes y nada debe ser impuesto a los moribundos ba- sándose en los cánones.
9. Por ello, el Espíritu Santo nos beneficia en la persona del Papa, quien en sus decretos siempre hace una excepción en caso de muerte y de necesidad. 10. Mal y torpemente proceden los sacerdotes que reservan a los moribundos penas ca- nónicas en el purgatorio. 11. Esta cizaña, cual la de transformar la pena canónica en pena para el purgatorio, parece por cierto haber sido sembrada mientras los obispos dormían. 12. Antiguamente las penas canónicas no se imponían después sino antes de la absolu- ción, como prueba de la verdadera contri- ción. 13. Los moribundos son absueltos de todas sus culpas a causa de la muerte y ya son muer- tos para las leyes canónicas, quedando de derecho exentos de ellas. 14. Una pureza o caridad imperfectas traen consigo para el moribundo, necesariamen- te, gran miedo; el cual es tanto mayor cuanto menor sean aquéllas. 15. Este temor y horror son suficientes por sí solos (por no hablar de otras cosas) para constituir la pena del purgatorio, puesto que están muy cerca del horror de la deses- peración. 16. Al parecer, el infierno, el purgatorio y el cielo difieren entre sí como la desespera- ción, la cuasi desesperación y al seguridad de la salvación. 17. Parece necesario para las almas del purga- torio que a medida que disminuya el horror, aumente la caridad. 18. Y no parece probado, sea por la razón o por las Escrituras, que estas almas estén ex- cluidas del estado de mérito o del creci- miento en la caridad. 19. Y tampoco parece probado que las almas en el purgatorio, al menos en su totalidad, tengan plena certeza de su bienaventuranza ni aún en el caso de que nosotros podamos estar completamente seguros de ello. 20. Por tanto, cuando el Papa habla de remi- sión plenaria de todas las penas, significa simplemente el perdón de todas ellas, sino solamente el de aquellas que él mismo im- puso. 21. En consecuencia, yerran aquellos predica- dores de indulgencias que afirman que el hombre es absuelto a la vez que salvo de toda pena, a causa de las indulgencias del Papa. 22. De modo que el Papa no remite pena algu- na a las almas del purgatorio que, según los cánones, ellas debían haber pagado en esta vida. 23. Si a alguien se le puede conceder en todo sentido una remisión de todas las penas, es seguro que ello solamente puede otorgarse a los más perfectos, es decir, muy pocos. 24. Por esta razón, la mayor parte de la gente es necesariamente engañada por esa indis- criminada y jactanciosa promesa de la libe- ración de las penas. 25. El poder que el Papa tiene universalmente sobre el purgatorio, cualquier obispo o cura lo posee en particular sobre su diócesis o parroquia. 26. Muy bien procede el Papa al dar la remi- sión a las almas del purgatorio, no en vir- tud del poder de las llaves (que no posee), sino por vía de la intercesión. 27. Mera doctrina humana predican aquellos que aseveran que tan pronto suena la mo- neda que se echa en la caja, el alma sale vo- lando. 28. Cierto es que, cuando al tintinear, la mone- da cae en la caja, el lucro y la avaricia pue- den ir en aumento, más la intercesión de la Iglesia depende sólo de la voluntad de Dios. 29. ¿Quién sabe, acaso, si todas las almas del purgatorio desean ser redimidas? Hay que recordar lo que, según la leyenda, aconteció con San Severino y San Pascual. 30. Nadie está seguro de la sinceridad de su propia contrición y mucho menos de que haya obtenido la remisión plenaria. 31. Cuán raro es el hombre verdaderamente penitente, tan raro como el que en verdad adquiere indulgencias; es decir, que el tal es rarísimo. 32. Serán eternamente condenados junto con sus maestros, aquellos que crean estar se-guros de su salvación mediante una carta de indulgencias. 33. Hemos de cuidarnos mucho de aquellos que afirman que las indulgencias del Papa son el inestimable don divino por el cual el hombre es reconciliado con Dios. 34. Pues aquellas gracias de perdón sólo se refieren a las penas de la satisfacción sa- cramental, las cuales han sido establecidas por los hombres. 35. Predican una doctrina anticristiana aque- llos que enseñan que no es necesaria la contrición para los que rescatan almas o confessionalia. 36. Cualquier cristiano verdaderamente arre- pentido tiene derecho a la remisión plena- ria de pena y culpa, aun sin carta de indul- gencias. 37. Cualquier cristiano verdadero, sea que esté vivo o muerto, tiene participación en todos lo bienes de Cristo y de la Iglesia; esta par- ticipación le ha sido concedida por Dios, aun sin cartas de indulgencias. 38. No obstante, la remisión y la participación otorgadas por el Papa no han de menospre- ciarse en manera alguna, porque, como ya he dicho, constituyen un anuncio de la re- misión divina. 39. Es dificilísimo hasta para los teólogos más brillantes, ensalzar al mismo tiempo, ante el pueblo. La prodigalidad de las indulgen- cias y la verdad de la contrición. 40. La verdadera contrición busca y ama las penas, pero la profusión de las indulgencias relaja y hace que las penas sean odiadas; por lo menos, da ocasión para ello. 41. Las indulgencias apostólicas deben predi- carse con cautela para que el pueblo no crea equivocadamente que deban ser prefe- ridas a las demás buenas obras de caridad. 42. Debe enseñarse a los cristianos que no es la intención del Papa, en manera alguna, que la compra de indulgencias se compare con las obras de misericordia.
69. Los obispos y curas están obligados a admi- tir con toda reverencia a los comisarios de las indulgencias apostólicas. 70. Pero tienen el deber aún más de vigilar con todos sus ojos y escuchar con todos sus oí- dos, para que esos hombres no prediquen sus propios ensueños en lugar de lo que el Papa les ha encomendado. 71. Quién habla contra la verdad de las indul- gencias apostólicas, sea anatema y maldito. 72. Mas quien se preocupa por los excesos y demasías verbales de los predicadores de indulgencias, sea bendito. 73. Así como el Papa justamente fulmina ex- comunión contra los que maquinan algo, con cualquier artimaña de venta en perjui- cio de las indulgencias. 74. Tanto más trata de condenar a los que bajo el pretexto de las indulgencias, intrigan en perjuicio de la caridad y la verdad. 75. Es un disparate pensar que las indulgencias del Papa sean tan eficaces como para que puedan absolver, para hablar de algo impo- sible, a un hombre que haya violado a la madre de Dios. 76. Decimos por el contrario, que las indulgen- cias papales no pueden borrar el más leve de los pecados veniales, en concierne a la culpa. 77. Afirmar que si San Pedro fuese Papa hoy, no podría conceder mayores gracias, cons- tituye una blasfemia contra San Pedro y el Papa. 78. Sostenemos, por el contrario, que el actual Papa, como cualquier otro, dispone de ma- yores gracias, saber: el evangelio, las virtu- des espirituales, los dones de sanidad, etc., como se dice en 1ª de Corintios 12. 79. Es blasfemia aseverar que la cruz con las armas papales llamativamente erecta, equivale a la cruz de Cristo. 80. Tendrán que rendir cuenta los obispos, curas y teólogos, al permitir que charlas ta- les se propongan al pueblo. 81. Esta arbitraria predicación de indulgencias hace que ni siquiera, aun para personas cultas, resulte fácil salvar el respeto que se debe al Papa, frente a las calumnias o pre- guntas indudablemente sutiles de los lai- cos.
82. Por ejemplo: ¿Por qué el Papa no vacía el purgatorio a causa de la santísima caridad y la muy apremiante necesidad de las al- mas, lo cual sería la más justa de todas las razones si él redime un número infinito de almas a causa del muy miserable dinero para la construcción de la basílica, lo cual es un motivo completamente insignifican- te? 83. Del mismo modo: ¿Por qué subsisten las misas y aniversarios por los difuntos y por qué el Papa no devuelve o permite retirar las fundaciones instituidas en beneficio de ellos, puesto que ya no es justo orar por los redimidos? 84. Del mismo modo: ¿Qué es esta nueva pie- dad de Dios y del Papa, según la cual con- ceden al impío y enemigo de Dios, por me- dio del dinero, redimir un alma pía y amiga de Dios, y por que no la redimen más bien, a causa de la necesidad, por gratuita cari- dad hacia esa misma alma pía y amada? 85. Del mismo modo: ¿Por qué los cánones penitenciales que de hecho y por el desuso desde hace tiempo están abrogados y muertos como tales, se satisfacen no obs- tante hasta hoy por la concesión de indul- gencias, como si estuviesen en plena vigen- cia? 86. Del mismo modo: ¿Por qué el Papa, cuya fortuna es hoy más abundante que la de los más opulentos ricos, no construye tan sólo una basílica de San Pedro de su propio di- nero, en lugar de hacerlo con el de los po- bres creyentes? 87. Del mismo modo: ¿Qué es lo que remite el Papa y qué participación concede a los que por una perfecta contrición tienen ya dere- cho a una remisión y participación plena- rias? 88. Del mismo modo: ¿Que bien mayor podría hacerse a la iglesia si el Papa, como lo hace ahora una vez, concediese estas remisiones y participaciones cien veces por día a cual- quiera de los creyentes?
89. Dado que el Papa, por medio de sus indul- gencias, busca más la salvación de las al- mas que el dinero, ¿por qué suspende las cartas e indulgencias ya anteriormente concedidas, si son igualmente eficaces? 90. Reprimir estos sagaces argumentos de los laicos sólo por la fuerza, sin desvirtuarlos con razones, significa exponer a la Iglesia y al Papa a la burla de sus enemigos y contri- buir a la desdicha de los cristianos. 91. Por tanto, si las indulgencias se predicasen según el espíritu y la intención del Papa, todas esas objeciones se resolverían con fa- cilidad o más bien no existirían. 92. Que se vayan, pues todos aquellos profetas que dicen al pueblo de Cristo: "Paz, paz"; y no hay paz. 93. Que prosperen todos aquellos profetas que dicen al pueblo: "Cruz, cruz" y no hay cruz. 94. Es menester exhortar a los cristianos que se esfuercen por seguir a Cristo, su cabeza, a través de penas, muertes e infierno. 95. Y a confiar en que entrarán al cielo a través de muchas tribulaciones, antes que por la ilusoria seguridad de paz. Wittenberg, 31 de octubre de 1517.
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